Nombre/título del acto, documento o información secreto o reservado | Nombre/título del acto o resolución en que consta tal calificación | Identificación de la parte del acto, documento o información secreto o reservado, en caso de ser parcial | Fundamento legal y causal de secreto o reserva | Fecha de notificación del acto o resolución denegatoria (dd/mm/aaaa) | Enlace al acto o resolución en que consta la calificación |
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Información sobre un préstamo a largo plazo complementario que se realizo el año 1982 a la Comunidad Agrícola Huentelauquén. | Carta Nº 4867 | Se deniega el acceso sobre la totalidad de la información requerida. | El artículo 17 de la Ley Nº 19.628 Sobre Protección de la Vida Privada, que legisla sobre los datos personales relativos a obligaciones de carácter económico, financiero, bancario o comercial. Los artículo 21 y 22 de la Ley Nº 20.285 de Acceso a la Información, que señala que la información, datos o documentos que una ley de quórum declare secretos o reservados mantendrán ese carácter hasta que otra ley de la misma jerarquía deje sin efecto dicha calificación. | 23/01/2013 | ver enlace |
Copia del contrato de muto con la protocolización ante notario. | Respuesta electrónica Directora Regional de Atacama | Se deniega el acceso sobre la totalidad de la información requerida. | El artículo 17 de la Ley Nº 19.628 Sobre Protección de la Vida Privada, que legisla sobre los datos personales relativos a obligaciones de carácter económico, financiero, bancario o comercial. | 22/02/2013 | ver enlace |
Lisstado con los nombres de 104 dirigentes del Programa PADIS. | Carta Nº 22949 | Se deniega el acceso sobre la totalidad de la información requerida. | El artículo 21 letra b) de la Ley Nº 20.285,por tratarse de deliberaciones previas a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio de que los fundamentos de aquellas podrán ser públicos una vez que sean adoptadas. | 18/04/2013 | ver enlace |
Información predial, planos y/o información SIG, puntos de georreferenciación o shapefile de los predios rurales de la comuna de Panguipulli, Región de Los Ríos, específicamente, de los sectores de Pellaifa, Reyehueico y Liquiñe, tanto en sus deslindes como la superficie y la información relativa a los títulos de propiedad y/o de merced de las comunidades ubicadas en el sector mencionado. | Carta Nº 26467 | Se deniega el acceso sobre la totalidad de la información requerida. | El artículo 2 letra f) de la Ley Nº 19.628 sobre Protección de la Vida Privada, los datos personales de los usuarios, que no puede ser objeto de tratamiento por parte de la institución porque no tiene las facultades para ello. La Decisión de Fondo A140-2009 del Consejo para la Transparencia y el artículo 21 número 2º de la Ley Nº 20.285 de Transparencia de la Función Pública y Acceso a la Información. | 03/05/2013 | ver enlace |
Listado de deudores de créditos otorgados por INDAP de la Provincia de Concepción y de Ñuble, con expresión del monto de la deuda y la individualización del deudor. | Carta Nº 42223 | Se deniega el acceso sobre la totalidad de la información requerida. | El artículo 17 inciso primero de la Ley 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, ue legisla sobre los datos personales relativos a obligaciones de carácter económico, financiero, bancario o comercial. | 08/07/2013 | ver enlace |
Ubicación geográfica de los productores en las regiones de La Araucanía, Los Ríos y Los Lagos ; teléfono u otra forma de contacto ; estado civil, edad, nivel de educación del propietario. | Carta Nº 45117 | Se deniega el acceso sobre la totalidad de la información requerida. | El artículo 2 letra f) de la Ley Nº 19.628 sobre Protección de la Vida Privada, señala que se entenderá por "Datos de carácter personal o datos personales, los relativos a cualquier información concerniente a personas naturales, identificadas o identificables". El articulo 4 de la misma norma legal dispone que "El tratamiento de los datos personales sólo puede efectuarse cuando esta ley u otras disposiciones legales lo autoricen o el titular consienta expresamente en ello". El artículo 21 número 2º de la Ley Nº 20.285 de Transparencia de la Función Pública y Acceso a la Información, establece como posible causal de secreto o reserva para denegar total o parcialmente información "Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico" La Decisión de Fondo de Amparo A140-2009 del Consejo para la Transparencia, que indica que "...cierta información que constituyen datos personales, de conformidad con lo previsto en la Ley Nº 19.628, tal como la declaración de impuesto global complementario, correo electrónico, domicilio, teléfono, entre otros antecedentes del solicitante de la venta directa, cuya divulgación debe protegerse". | 19/07/2013 | ver enlace |