Unidad u órgano interno | Facultades, funciones o atribuciones | Fuente legal | Enlace a la publicación o archivo correspondiente | Fecha última modificación (dd/mm/aaaa) |
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DIRECTOR NACIONAL | Le corresponde dirigir, organizar y administrar el Instituto de Desarrollo Agropecuario, controlando su accionar a través de las funciones que le asigna la ley por medio del ejercicio de potestades públicas: reglamentarias, administrativas y de representación legal, para velar por la promoción del desarrollo económico, social y tecnológico de los pequeños productores agrícolas y de los campesinos, en adelante sus beneficiarios, con el fin de contribuir a elevar su capacidad empresarial, organizacional y comercial, su integración al proceso de desarrollo rural y optimizar al mismo tiempo el uso de los recursos productivos. | Artículo 5º Ley Orgánica Nº18.910 | ver enlace | 05/10/1993 |
DIRECCIÓN NACIONAL | Está integrada por el Director Nacional y la Subdirección Nacional y le corresponde: Dirigir y coordinar a las Divisiones que cumplan funciones operativas o del negocio, las Divisiones de apoyo, y las Direcciones Regionales, alineado a la organización en función de sus objetivos, para estos efectos se evaluará permanentemente el cumplimiento de objetivos, metas y compromisos de cada unidad organizacional. Instruir las acciones de mejoramiento de programas, instrumentos y convenios en base a resultados de seguimiento y evaluación de estos. Participar en la implementación de las políticas de cooperación internacional y las relaciones institucionales con organismos que presten este tipo de cooperación. | Artículo 2º Resolución Exenta Nº 42250 | ver enlace | Sin modificaciones |
SUBDIRECCIÓN NACIONAL | Velar por el cumplimiento coherente y eficiente de las orientaciones definidas en los objetivos estratégicos y directrices superiores de la Institución, coordinando el diseño y toma de decisiones asociadas a la gestión operacional y de apoyo. | Artículo 2º Resolución Exenta Nº 42250 | ver enlace | Sin modificaciones |
STAFF ASESOR DE LA DIRECCIÓN NACIONAL | Está constituido por las Divisiones de Fiscalía, Comunicaciones Corporativas, Auditoría Interna y Gestión Estratégica, quienes reportaran directamente a la Dirección Nacional. | Artículo 3º Resolución Exenta Nº 42250 | ver enlace | Sin modificaciones |
DIVISIÓN DE FISCALÍA | Asistir y asesorar a la Dirección Nacional y demás dependencias institucionales respecto de toda materia de orden legal, jurídica o reglamentaria. Asumir el patrocinio y representación del Instituto en los juicios en que se vea involucrado, por sí o a través de terceros. Propiciar la uniformidad de criterios jurídicos en la interpretación de la normativa legal que rige al Instituto. Apoyar el ejercicio de la potestad disciplinaria del Director Nacional. | Artículo 3º Resolución Exenta Nº 42250 | ver enlace | Sin modificaciones |
DIVISIÓN DE COMUNICACIONES CORPORATIVAS | Elaborar y proponer objetivos, políticas, estrategias y acciones comunicacionales Institucionales internas y externas. Establecer canales efectivos de comunicación de la gestión institucional hacia el interior y exterior de INDAP. Generar un posicionamiento ante la opinión pública y ciudadanía en general. Organizar, gestionar, supervisar, coordinar y difundir todas las actividades y acciones de promoción y publicidad de INDAP. Apoyar a las otras dependencias institucionales en la gestión de su material comunicacional. | Artículo 3º Resolución Exenta Nº 42250 | ver enlace | Sin modificaciones |
DIVISIÓN DE AUDITORÍA INTERNA | Evaluar los procedimientos de control interno definidos por la Institución, recomendando el uso eficiente de los recursos humanos, financieros y materiales de INDAP y gestionando el Proceso de Gestión de Riesgos en el Servicio. Promover la adopción de mecanismos de autocontrol en todas las unidades operativas de INDAP. Propiciar y promover programas de prevención y de probidad administrativa. Efectuar el seguimiento de las medidas preventivas y correctivas, emanadas de los informes de auditoría, aprobadas por la autoridad. Coordinarse con el Consejo de Auditoría Interna de Gobierno a través del Auditor Ministerial del Ministerio de Agricultura, y con la Contraloría General de la República. | Artículo 3º Resolución Exenta Nº 42250 | ver enlace | Sin modificaciones |
DIVISIÓN DE GESTIÓN ESTRATÉGICA | Conducir el proceso de planificación estratégica y programación de los recursos institucionales, monitoreando su cumplimiento y evaluando sus resultados. Conducir el proceso anual de diseño y elaboración de presupuesto. Retroalimentar a las unidades institucionales respecto del seguimiento y cumplimiento de los indicadores de desempeño y metas institucionales. Análisis y retroalimentación a la Dirección Nacional de la información de clientes externos e internos recogida a través de los distintos medios institucionales. Análisis del impacto de las políticas y programas implementados. | Artículo 3º Resolución Exenta Nº 42.250 | ver enlace | Sin modificaciones |
DIVISIONES OPERATIVAS O DEL NEGOCIO | Corresponden a la División de Fomento y la División de Asistencia Financiera. Son los responsables de la integración, implementación y gestión de los programas y servicios de asesorías técnicas, inversiones y financiamiento para la pequeña agricultura, considerando las particularidades del entorno, las características de los clientes, y las imperfecciones y exigencias del mercado. | Artículo 4º Resolución Exenta Nº 42250 | ver enlace | Sin modificaciones |
DIVISIÓN DE FOMENTO | Identificar oportunidades y restricciones que presentan los mercados actuales y potenciales de los productos silvoagropecuarios. Otorgar las directrices para la focalización de la oferta de programas y servicios institucionales, de acuerdo a los ejes de desarrollo aplicables a los clientes, en concordancia con la caracterización y segmentación de estos. Proponer el diseño de instrumento de fomento productivo. Establecer criterios, normas, instructivos, recomendaciones especificas y articulaciones para la solución de problemas específicos en materia de tecnologías productivas, tecnologías de gestión, innovación, formación de recursos humanos y otros tópicos emergentes. Poner a disposición de las unidades institucionales los lineamientos técnicos, y toda la información relevante para la adecuada toma de decisiones. | Artículo 4º Resolución Exenta Nº 42250 | ver enlace | Sin modificaciones |
DIVISIÓN DE ASISTENCIA FINANCIERA | Proponer políticas de créditos ; administrar el programa de créditos, estableciendo sistemas de supervisión y control ; revisar, analizar, evaluar y proponer productos financieros o modificaciones a los ya existentes. Funciones de Normalización y Cobranza. Articulación Financiera: Articular con otras Instituciones el desarrollo de nuevos productos a través de las alianzas estratégicas. Intermediar recursos operados por terceros. Control y mitigación de riesgos: Regularizar y supervisar la política de riesgos crediticios. | Artículo 4º Resolución Exenta Nº 42250 | ver enlace | Sin modificaciones |
DIVISIONES DE SOPORTE | Corresponden a la División de Administración y Finanzas, División de Personas y División de Sistemas. Son los responsables de administrar de forma eficiente los recursos tecnológicos, humanos, financieros y materiales con foco en el cumplimiento de los objetivos institucionales, atendiendo oportunamente los requerimientos de clientes internos y externos. | Artículo 5º Resolución Exenta Nº 42250 | ver enlace | Sin modificaciones |
DIVISIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS | Administrar el patrimonio Institucional consistente en recursos físicos, financieros, materiales e inmateriales del Instituto. Elaborar y coordinar los Proyectos de Inversión de la Institución. Administrar un Sistema de Archivos de documentos y actos administrativos institucionales. Administrar los recursos financieros, analizar y controlar la información financiero-contable institucional. | Artículo 5º Resolución Exenta Nº 42250 | ver enlace | Sin modificaciones |
DIVISIÓN DE PERSONAS | Funciones de Planificación y gestión de Recursos Humanos. Funciones de Administración de Personal y Remuneraciones. Funciones de Bienestar del personal activo y pasivo de la institución y su grupo familiar. Funciones de Desarrollo de las Personas en su ciclo de vida laboral desde su ingreso a la desvinculación de la institución. Funciones de Desarrollo Organizacional, y de modernización de la gestión, alineando el capital humano con las políticas y estrategias que guían a la Institución. | Artículo 5º Resolución Exenta Nº 42250 | ver enlace | Sin modificaciones |
DIVISIÓN DE SISTEMAS Y TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES | Dar soporte informático directamente o a través de terceros contratados, a las actividades de todas las unidades de la institución. Mantener y administrar las redes, sistemas y equipos computacionales. Velar por la integridad de la información almacenada en equipos, además de elaborar y ejecutar los planes de contingencia necesarios en caso de pérdida de dicha información. Procesamiento de datos y generación de información para la toma de decisiones institucionales. | Artículo 5º Resolución Exenta Nº 42250 | ver enlace | 04/07/2014 |
DIRECTORES REGIONALES | Le corresponde dirigir y organizar la Direción Regional en materias relaciondas con el personal y administrativas. Administra los bienes y recursos que se ponga a su disposición. Elabora el proyecto de presupuesto regional y ejecuta las directrices y normas impartidas por el Director Nacional y las políticas sectoriales en la Región. Aseora al Secretario Regional Ministerial de Agricultura de la Región, colaborando con éste en la coordinación de las instituciones del Estado que correspondan. | Artículo 6º Ley Orgánica Nº18.910 | ver enlace | 05/10/1993 |
AGENCIA DE ÁREA | Funciones Ejecutivas del negocio: Todas aquellas que permitan una entrega eficiente y eficaz de los programas y servicios de asesorías técnicas, inversiones y financiamiento para la Pequeña Agricultura local. Funciones Administrativas del soporte: Todas aquellas que permitan, faciliten y apoyen la entrega de programas y servicios definidos para el negocio. | Artículo 6º Resolución Exenta Nº 42250 | ver enlace | Sin modificaciones |